En mi opinión la asignatura nos ha servido para mejorar nuestras "habilidades" y por qué no "competencias" como maestros.
A lo largo de estos meses hemos aprendido a poner en práctica los contenidos aprendidos en clase de manera significativa para nosotros, es decir, Ricardo (que es nuestro profesor de la asignatura) ha hecho las clases muy amenas y entretenidas a la vez que nos enseñaba los contenidos de forma práctica.
A estas alturas y una vez que ya hemos finalizado las clases, puedo decir que podría responder de forma coherente, sin necesidad de sentarme a estudiar los contenidos previamente, sobre cualquier cuestión acerca de la clase magistral, la escucha activa, la cooperación, etc; porque "hemos aprendido haciendo", es decir, en las clases hemos realizado diferentes dinámicas que hacen que esos contenidos se te queden grabados en la memoria y ésta me parece una forma muy acertada de aprender.
También quería comentar acerca del blog, es la primera vez que hago uno y aunque al principio creía que no iba a saber luego me ha parecido que es una buena manera de contar lo aprendido en la asignatura de manera vistosa y al que el profesor tiene acceso sin necesidad de utilizar papel y adaptándose a las nuevas tecnologías.
Para terminar decir, que gracias a esta forma de trabajar, Ricardo ha sido muy accesible y cercano a la vez que coherente y competente, asi que no me queda nada más que felicitarlo por su forma de dar las clases, metodología que aplicaré con mis alumnos en futuras clases.
En la sesión de hoy se ha comenzado hablando de la importancia que tiene la escucha activa en la comunicación.
Se hizo una actividad por parejas, en la cual había que ponerse pegando las espaldas una contra la otra. Una describía un dibujo dado por Ricardo y la otra (sin hacer gestos) tenía que dibujar lo que ella interpretaba.
Características de la Escucha Activa:
Otra actividad que hemos realizado en clase ha sido el Role playing, para alegar si se producia escucha activa o no, en las diferentes situaciones, esta valoración se ha hecho entre todos los compañeros de clase, esto permite que veas puntos de vista que alomejor se te han escapado a ti.
Seguidamente se ha tratado el tema de los prejuicios. Como lo dice la palabra, un prejuicio implica juzgar anticipadamente un hecho, una persona, una conducta. No debemos anticiparnos a lo que realmente es. Muchas veces, la primera impresión de una persona suele ser equivocada. Es importante, poder tener la capacidad de mantener una mentalidad abierta y flexible para poder evitar prejuicios equivocados.
ES INTERESANTE PORQUE ¿Cómo te dirigirías a esta persona según lo vieses vestido? ¿Sería de la misma manera? Si no es así, entonces tú también tienes prejuicios y debes pararte a reflexionar un instante sobre ello.
Para trabajar los prejuicios en clase, hemos realizado una dinámica, donde nos hemos pegado unos papeles en la frente cuyo contenido desconocíamos, es decir, hemos asignados diferentes roles a los compañeros (simpático, fuerte, estúpido...).
Cada uno tenia que adivinar qué tipo de persona viendo cómo reaccionaban los demás hacia nosotros.
Con esta actividad hemos comprobado que tenemos unos prejuicios muy arraigados puesto que todas hemos adivinado nuestro rol con bastante facilidad.
HABILIDADES SOCIALES
Debemos:
Criticar lo que hace, no lo que es.
Trabajar y tratar los temas de 1 en 1.
Comunicar las emociones negativas para no acumularlas.
No hablar del pasado.
Ser específico.
No generalizar.
Ser breve.
Elegir el lugar y el momento adecuado.
La sesión de este día terminó con con la observación de dialogos sobre cómo abordar diferentes situaciones. Los observadores debíamos paralizar los diálogos si veíamos que se incumplian las habilidades sociales que hemos estudiado.
CONCLUSIONES
Debemos tener en cuenta que las personas nos pasamos gran parte de nuestro tiempo con otras personas, por eso, es importante saber actuar adecuadamente ante las distintas situaciones sociales con las que nos encontramos, el aprender una serie de correctas habilidades comunicativas y sociales nos ayudarán en nuestras relaciones interpersonales.
Por otra parte en nuestras relaciones con los demás debemos evitar los prejuicios puesto que no son beneficiosos para nosotros ni para la otra persona. En nuestra sociedad existe una dificultad para poder aceptar al otro tal cual es sin criticarlo negativamente. Esta capacidad de juzgar la hemos aprendido a lo largo de la vida, ya sea en nuestra familia, en la escuela o con los amigos. Pero pienso que cuando somos adultos, somos capaces de modificar estos pensamientos y conductas y reconvertirlos en acciones positivas.
La sesión de este día ha comenzado una actividad en clase
utilizando la técnica de "El
rompecabezas", que consistió en lo siguiente:
1º) Hicimos los grupos de unas 4 o 5 personas.
2º) Cada componente del grupo se tenía que preparar un esquema en
unos 15 minutos de la parte del artículo que le había tocado, para después
poderla explicar a los demás miembros de su grupo.
3º) Nos juntábamos el grupo de expertos, es decir, todos a los que
nos había tocado prepararnos la misma parte del artículo nos juntamos para
debatir los mismos conceptos.
4º) Volvemos a nuestro grupo de inicio y allí en un breve periodo
de tiempo nos explicamos cada uno la parte del artículo que le había tocado,
donde cogimos anotaciones aclaratorias.
5º) Hicimos una especie de “examen” sobre el artículo trabajado.
Con
ésta técnica hemos aprendido a trabajar en equipo, puesto que para conseguir
cada uno el éxito personal necesitábamos a los compañeros, es decir, el
objetivo se lograba si cada uno preparaba y explicaba su parte bien a los demás.
En mi caso la calificación de la prueba fue 5.70 la pasé pero justa, creo que
es debido a que alguna parte del artículo que prepararon los compañeros no la
entendí bien o simplemente que me dejé o se dejaron por explicar conceptos que
creíamos “obvios”.
A
continuación he creado unos “Avatarares” para explicar los contenidos aprendidos
durante la sesión de hoy:
CONCLUSIONES
Voy a utilizar otro de los avatares para exponer las conclusiones de la sesión de hoy.
EL PROFESOR QUE PROGRAMA: LA PROGRAMACIÓN COMO INSTRUMENTO DE TRABAJO.
Ricardo Lucena Ferrero
Una vez
leído el artículo me planteo algunas cuestiones y es que, como docentes venimos
trabajando con los conceptos y elementos de la programación desde hace varios
años ya y creemos que ya lo sabemos todo y estamos terriblemente equivocados.
En
ocasiones incluso nos molestamos si nos hacen correcciones a nuestra forma de
ver y entender la programación y las unidades didácticas y esto es un terrible
error.
Es
necesario que nuestra programación sea flexible y esté abierta a cambios y a
opiniones de entendidos en la materia, como pueden ser nuestros propios
compañeros.
He de
reflejar que sin una buena programación es imposible que el proceso de
enseñanza-aprendizaje se produzca con calidad, puesto que es necesario que en
nuestras clases haya una coherencia y cohesión y no dejar cabida a la
improvisación (entendida como la no programación del proceso) o "perder
el norte" tal y como expresa Ricardo en la página 2 del artículo.
Por otro
lado el artículo también recoge los aspectos característicos de las Unidades
Didácticas, tales como que tienen que ser:
Adecuada a nuestros alumnos.
Realista.
De duración variable.
Coherente.
Clara.
Flexible.
Me ha
llamado la atención en el artículo que, cuando se habla de las
"Competencias Básicas" en la Pág. 9, no se recoge la
"Competencia Emocional".
La
competencia emocional, desde mi punto de vista, es de gran importancia, ésta
competencia sí la recogen los Decretos 67 y 68 de los currículos para Educación
Infantil y Educación Primaria respectivamente de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha.
Mediante
ésta competencia básica el niño se pone en el lugar del otro y trabaja valores
como la empatía, la alegría, la ayuda, etc.
Muchos de
nuestros alumnos tienen un bajo rendimiento académico porque tienen problemas
emocionales dentro y fuera del colegio y por ello recalco la importancia de
trabajar esta competencia básica en el colegio y fuera de él.
Hemos comenzado la sesión de hoy haciendo referencia a qué es eso de Programación Didáctica, de todo lo comentado puedo definirla como el desarrollo planificado y sistemátizado del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Cuando realizamos una programación didáctica tenemos que tener en cuenta los distintos niveles de concreción curricular:
Reales Decretos de Enseñanzas Mínimas: dictados por el ministerio del Estado. Fijan la estructura del currículo así como la organización de las diferentes enseñanzas.
Decretos de currículo: una vez publicados en el BOE los RD, las Comunidades Autónomas los adaptan a su realidad en los correspondientes Decretos.
La programación de aula: la elabora cada profesor a partir del proyecto de centro y, una vez elaborada la programación anula, que sintetiza los elementos curriculares básicos, se materializa en una serie de unidades didácticas para cada una de las áreas.
Sabiendo todo esto ahora nos centramos en las:
UNIDADES DIDÁCTICAS
Seguidamente hicimos una actividad por parejas para analizar los elementos que componen la unidad didáctica, entre los que destacan:
Identificación.
Justificación y contextualización.
Competencias Básicas.
Objetivos.
Contenidos.
Metodología y actividades.
Recursos.
Evaluación.
Bibliografía.
Hasta el punto 8 había que relacionar estos elementos con su concepto, características y tipos o fases.
Primero lo hicimos por parejas y despúes lo pusimos en la pizarra de clase, de manera que todos participabamos y preguntábamos las dudas.
Entre las cosas que aprendí cabe destacar que:
Podemos utilizar una frase delante de los objetivos que nos sirvan para introducirlos tal como "que el alumno sea capa de:"
En la metodología se suele poner que es "activa y participativa".
En las actividades sería conveniente poner qué objetivo queremos conseguir con esa actividad.
En las actividades de desarrollo se pregunta siempre sobre el tema visto. En muchas ocasiones los maestros se suelen saltar las actividades de desarrollo y esto es un error porque son muy importante para reforzar el aprendizaje.
Las actividades de ampliación ya no son para todos y hay que recalcarlo y se empresan en imperativo: "júntate con tu compañero y haz..."
Los recursos (humanos, materiales y organizativos) los podemos poner por orden según las actividades.
La evaluación sirve para comprobar el proceso de enseñanza-aprendizaje.
CONCLUSIONES
La sesión de hoy me ha parecido muy provechosa puesto que hemos actualizado conceptos (que ya sabíamos) y hemos visto otros puntos de vista de los compañeros/as.
Mediante la actividad que hemos hecho en clase nos ha sido más fácil encuadrar cada uno de los elementos de la unidad didáctica y hemos compartido las dudas con demás.
A continuación presento unos esquemas y unos vídeos que nos sirven para ampliar los aprendizajes de la sesión de hoy.
Disposición
final primera. Modificación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades.
Disposición
final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora
del Derecho a la Educación.
Disposición
final tercera. Modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
financiación de las Comunidades Autónomas.
Disposición
final cuarta. Desarrollo reglamentario.
Disposición
final quinta. Calendario de implantación.
Disposición
final sexta. Entrada en vigor.
DIFERENCIAS ENTRE LA LOMCE Y LA LOE
En la siguiente tabla
muestro una comparativa ente la LOMCE y la LOE, en lo que recoge referente a la
Educación Infantil y la Educación Primaria que son las etapas que estamos
estudiando.
Lo primero que llama la atención
es que no existe una nueva Ley como tal, sino que la técnica utilizada es
simplemente la modificación de determinados artículos de la LOE, sesenta y
cinco en total, en un artículo único que incluye modificaciones y la
incorporación a la LOE de articulado nuevo, que se formulan como artículos Bis
o nuevas disposiciones. Junto al artículo único aparecen 2 disposiciones
adicionales, 2 transitorias y 3 finales que son específicas del nuevo texto.
En las columnas adjuntas se indica el articulado que
es nuevo y se procura, mediante negritas, subrayados y tachados,
marcar los cambios legislativos que se producen. Esto obliga, a veces, a
“descomponer” el articulado de la LOE para conocer lo que realmente se ha
suprimido y los casos en que se ha modificado un texto alterando, o no, su
orden.
Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
La Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes términos:
LOMCE
Ley Orgánica 8/2013,
de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
LOE
Ley Orgánica 2/2006 , de 3 de mayo, de Educación
(BOE 04/05/2006)
Uno. Se añade un nuevo artículo 2.bis con la siguiente
redacción: (NUEVO)
"Artículo 2.bis. Sistema Educativo Español.
1. A efectos de esta ley orgánica, se entiende por Sistema
Educativo Español el conjunto de agentes, públicos y privados, que desarrollan
funciones de regulación, de financiación o de prestación del servicio de la
educación en España y sus beneficiarios, así como el conjunto de relaciones,
estructuras, medidas y acciones que se implementan para prestarlo.
2. Para la consecución de los fines revistos en el
artículo 2, el Sistema Educativo Español contará con los siguientes
instrumentos:
a) El Consejo Escolar del Estado, como
órgano de participación de la comunidad educativa en la programación general
de la enseñanza y de asesoramiento al Gobierno.
b) La Conferencia Sectorial de
Educación, como órgano de cooperación de las Comunidades Autónomas.
c) La Mesa de Diálogo Social por la
Educación, como órgano de participación de los empresarios y trabajadores
del sector educativo.
d) El Sistema de Información
Educativa.
3. El funcionamiento del Sistema Educativo Español se rige por
los principios de calidad, cooperación, equidad, igualdad de oportunidades,
eficiencia en la asignación de recursos públicos, transparencia y rendición
de cuentas."
Dos. El apartado 3 del artículo 3 queda redactado de la
siguiente manera:
"3. La Educación Primaria, la Educación Secundaria
Obligatoria y los ciclos de Formación Profesional Básica constituyen
la educación básica."
3. La educación
primaria y la educación secundaria obligatoria constituyen la educación
básica.
Tres. El artículo
6 queda redactado de la siguiente manera:
”Artículo 6.
Currículo
A los efectos de lo
dispuesto en esta ley orgánica, se entiende por currículo el conjunto de
competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de
evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente ley
orgánica.
2. Con el fin de asegurar una
formación común y garantizar la validez y eficacia de los títulos académicos,
corresponderá al Gobierno:
a) El establecimiento y definición
de las competencias básicas de cada enseñanza y de los criterios para su
evaluación.
b) La fijación de los contenidos comunes necesarios para
la adquisición de las competencias básicas. Los contenidos comunes requerirán
el 65 % de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que
tengan lengua cooficial y el 75 % para aquéllas que no la tengan.
Los aspectos indicados en los párrafos anteriores tendrán la
consideración de enseñanzas mínimas a efectos de la letra e) del apartado 2
de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
Reguladora del Derecho a la Educación.
3. Corresponderá a las Administraciones
educativas el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas
reguladas en la presente ley orgánica, respetando e integrando las
enseñanzas mínimas. A estos efectos, las administraciones educativas
desarrollarán los contenidos comunes y podrán establecer directrices
pedagógicas, reconociendo en todo caso cierto grado de autonomía a los
centros educativos.
4. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso,
el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía, tal
como se recoge en el capítulo II del título V de la presente ley orgánica. Concretamente,
los centros educativos dispondrán de autonomía para diseñar e implantar
métodos pedagógicos propios, de conformidad con las directrices que, en su
caso, establezcan las administraciones educativas.
5. Los títulos correspondientes a las enseñanzas reguladas por
esta ley orgánica serán homologados por el Estado y expedidos por las
Administraciones educativas en las condiciones previstas en la legislación
vigente y en las normas básicas y específicas que al efecto se dicten.
6. En el marco de la cooperación internacional en materia de
educación, el Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de
este artículo, podrá establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema
educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos
respectivos."
Artículo 6. Currículo.
1. A los
efectos de lo dispuesto en esta Ley, se entiende por currículo el conjunto de
objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios
de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley.
2. Con el fin de
asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes,
el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias
básicas, contenidos y criterios de evaluación, (se modifica el orden
del párrafo siguiente)
. Los
contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55 por
ciento de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan
lengua cooficial y el 65 por ciento para aquéllas que no la tengan.
los aspectos
básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas a las que se
refiere la disposición adicional primera, apartado 2, letra c) de la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
(era el párrafo
final del apartado 2)
4. Las
Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas
enseñanzas reguladas en la presente Ley, del que formarán parte los
aspectos básicos señalados en apartados anteriores.
Los centros
docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las
diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía y tal como se recoge en el
capítulo II del título V de la presente Ley.
5. Los títulos
correspondientes a las enseñanzas reguladas por esta Ley serán homologados
por el Estado y expedidos por las Administraciones educativas en las
condiciones previstas en la legislación vigente y en las normas básicas y
específicas que al efecto se dicten.
6. En el
marco de la cooperación internacional en materia de educación, el Gobierno,
de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de este artículo, podrá
establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de
otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos.
Cuatro. El artículo 18 queda redactado de la siguiente manera:
"1. La etapa de Educación Primaria comprende seis
cursos y se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e
integrador.
2. Las áreas de esta etapa educativa son las siguientes:
a) Ciencias de la naturaleza.
b) Ciencias sociales.
c) Educación artística
d) Educación Física
e) Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua
cooficial y literatura.
f) Primera lengua extranjera.
g) Matemáticas
3. En los dos últimos cursos de la etapa, las Administraciones
educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera.
4. Las áreas que tengan carácter instrumental para la
adquisición de otros conocimientos recibirán especial consideración.
5. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el
proceso educativo individual y colectivo del alumnado."
Artículo 18. Organización.
1. La etapa de
educación primaria comprende tres ciclos de dos años académicos cada
unoy se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e
integrador.
2. Las áreas de
esta etapa educativa son las siguientes:
Conocimiento del
medio natural, social y cultural.
Educación
artística.
Educación física.
Lengua castellana
y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura.
Lengua
extranjera.
Matemáticas.
3. En uno de los
cursos del tercer ciclo de la etapa, a las áreas incluidas en el apartado
anterior se añadirá la de educación para la ciudadanía y los derechos
humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres
y mujeres.
4. En el tercer
ciclode la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una
segunda lengua extranjera.
5. Las áreas que
tengan carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos
recibirán especial consideración.
6. En el
conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo
individual y colectivo del alumnado.
Cinco. Se añade
un apartado 4 al artículo 19 con la siguiente redacción: (NUEVO)
"4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se
utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera.
Se priorizarán la comprensión y la expresión oral."
Seis. El artículo 20 queda redactado de la siguiente manera:"Artículo
20. Evaluación durante la etapa.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del
alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto
de las áreas.
2. El alumnado accederá al curso siguiente siempre que se
considere que ha alcanzado las competencias básicas correspondientes y el
adecuado grado de madurez. (punto 3 ANTERIOR) El alumnado que no haya alcanzado alguno de los objetivos de
las áreas podrá pasar al curso siguiente siempre que esa circunstancia
no le impida seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso recibirá
los apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos.
3. Los
centros educativos realizarán una evaluación a todos los alumnos al finalizar
tercer curso de Primaria, en la que se comprobará el grado de adquisición de
las competencias básicas en comunicación lingüística y matemática. De
resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente podrá adoptar las
medidas excepcionales mas adecuadas, que podrán incluir la repetición del
tercer curso.
Las características de esta evaluación serán las indicadas en
los apartados 2 y siguientes del artículo 21 para la evaluación de final de
Educación Primaria.
4. Se prestará especial atención en la etapa de Educación
Primaria a la atención personalizada de los alumnos, la realización de
diagnósticos precoces y al establecimiento de mecanismos de refuerzo para
lograr el éxito escolar.
Artículo 20. Evaluación.
1. La evaluación
de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá
en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.
2. El alumnado
accederá al ciclo educativo o etapa siguiente siempre que se considere que ha
alcanzado las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de
madurez.
3. No obstante lo
señalado en el apartado anterior, el alumnado que no haya alcanzado alguno de
los objetivos de las áreas podrán pasar al ciclo o etapa siguiente siempre
que esa circunstancia no les impida seguir con aprovechamiento el nuevo
curso. En este caso recibirán los apoyos necesarios para recuperar dichos
objetivos.
4. En el
supuesto de que un alumno no haya alcanzado las competencias básicas, podrá
permanecer un curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una
sola vez a lo largo de la educación primaria y con un plan específico de
refuerzo o recuperación de sus competencias básicas.
5. Con
el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado,
cada alumno dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su
aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas,
según dispongan las Administraciones educativas. Asimismo las
Administraciones educativas establecerán los pertinentes mecanismos de
coordinación.
Siete. El
artículo 21 queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 21. Evaluación
de final de Educación Primaria
1. Los alumnos
realizarán una evaluación al finalizar sexto curso de Primaria, sin efectos
académicos, en la que se comprobará el grado de adquisición de las
competencias básicas y de cumplimiento de objetivos de la etapa, así como la
viabilidad del tránsito del alumno por la siguiente etapa. Su resultado
tendrá carácter informativo y orientador para los centros, el equipo docente,
las familias y los alumnos.
2. Los criterios
de evaluación y características generales de las pruebas que componen esta
evaluación serán fijadas por el Gobierno para todo el Sistema Educativo
Español, previa consulta a las Comunidades Autónomas.
3. Las pruebas
deberán ser realizadas por las respectivas Administraciones educativas en el
centro educativo en el que el alumno curse estudios, y aplicadas y calificadas
por especialistas externos al centro.
4. El
resultado de la evaluación será plasmado en un informe por cada alumno, según
dispongan las Administraciones educativas."
Artículo 21. Evaluación
de diagnóstico.
Al
finalizar el segundo ciclo de la educación primaria todos los centros
realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas
alcanzadas por sus alumnos. Esta evaluación, competencia de las
Administraciones educativas, tendrá carácter formativo y orientador para los
centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad
educativa. Estas evaluaciones tendrán como marco de referencia las
evaluaciones generales de diagnóstico que se establecen en el artículo 144.1
de esta Ley.
CRÍTICAS A LA LOMCE
Desde mi punto de vista la LOMCE ha sido una ley que
antes de "nacer" ya venia siendo juzgada por la comunidad educativa,
es decir, por padres y madres, alumnos, docentes, etc.
El problema radica en que no ha sido una ley
consensuada por las personas implicadas, no se ha contado con nosotros, con
nuestros puntos de vista acerca de las necesidades reales de los colegios.
El texto de la LOMCE hace en muchas ocasiones,
referencia a conceptos como competitividad, rendimiento económico o resultados,
que a mi modo de ver estos conceptos están más relacionados con los objetivos
que persiguen las empresas.
Por otro lado esta ley induce a la separación por
sexos y también a la segregación, ya que habla de alumnado de “difícil
progreso”.
Los consejos escolares se ven perjudicados al
quitarles poder de decisión y recaer esta responsabilidad en los directores, en
mi opinión esta es una arma de doble filo.
Creo que una parte importante de la LOMCE es que se
pierde la evaluación continua de los alumnos puesto que aparecen las
“reválidas” al finalizar cada ciclo y el bachillerato.
Con lo que estoy de acuerdo es
con que la asignatura de religión compute igual que el resto, es decir, desde
mi punto de vista todas las asignaturas incluidas en el currículo deben tener
la misma importancia se llamen de una manera u otra, otro debate sería los
contenidos de esa asignatura de religión.
Como conclusión he de decir que
esta “nueva ley” me parece un “corta y pega” de la LOE. A los políticos que las
han diseñado solo les importa que sea una ley aprobada mientras ellos gobiernan
y que si “funciona” puedan ponerse “medallas”.
La educación del país no debería
estar en manos de un partido político concreto, debería ser consensuada por
todos los partidos políticos y sobre todo por la comunidad educativa (que son
quienes realmente sabemos las necesidades de la educación). Debería perdurar en
el tiempo (si está bien hecha) y no ser una moneda de cambio que se tira a la
basura cada vez que está en el poder un partido político diferente. Hasta que
no sea así no podremos hablar nunca de “Calidad de la Enseñanza”.